Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 20.961

Autoriza erigir un monumento en homenaje a los extrabajadores de las empresas textiles de la comuna de tomé

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1095939 · idParte: 9742166

Texto oficial

Artículo 3º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 5º, en coordinación con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.