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Artículo 5 de la Ley 20.961

Autoriza erigir un monumento en homenaje a los extrabajadores de las empresas textiles de la comuna de tomé

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1095939 / 9742168.

Texto oficial

Artículo 5º.- Créase una comisión especial ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará integrada por los senadores o senadoras y los diputados o diputadas representantes de la circunscripción y distrito a que pertenezca la comuna de Tomé; el alcalde o alcaldesa de esta comuna, y el presidente o presidenta de la unión de juntas de vecinos de la misma comuna. La comisión tendrá las siguientes funciones: a) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases, condiciones y resolverlo. b) Determinar el sitio en que se ubicará el monumento, en coordinación con el alcalde o alcaldesa de la comuna de Tomé y el Consejo de Monumentos Nacionales. c) Organizar la realización de las colectas públicas a que se refiere el artículo 3º. d) Administrar el fondo creado por el artículo 4º.