Texto oficial
Artículo transitorio.- Para la aplicación del artículo 18 bis de la ley N° 18.046, respecto de acciones que hayan sido adquiridas a nombre propio por cuenta de terceros antes de la entrada en vigencia de la ley N° 18.046, considérase que el plazo señalado en el inciso tercero, para que los interesados hagan presente su calidad de titular de las mismas, será de un año desde la publicación del último aviso a que se refiere el inciso segundo del artículo 18 bis, siendo aplicable en todo lo demás dicho artículo.".