Texto oficial
Artículo 3.o Convócase, por un plazo da veinte días, a inscripciones especiales en Registros Electorales de la comuna subdelegación de Lago Ranco, treinta días después de la vigencia de esta ley; y a elecciones municipales extraordinarias los noventa días siguientes a la expiración de las inscripciones. La nueva Municipalidad de Lago Ranco expirará en sus funciones el mismo día que las elegidas el 3 de Abril de 1938.