Saltar al contenido

Artículo 34 de la Ley 20.971 · Concede aguinaldos y otros beneficios que indica

Concede aguinaldos y otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1096846 / 9747860.

Texto oficial

Artículo 34.- Modifícase, a contar del 1 de enero de 2017, el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fusiona plantas de personal de la Dirección de Presupuestos, en el sentido que a continuación se indica: 1. Incorpórase en su artículo 2 la siguiente Planta de Técnicos: Técnicos Grado EUS N° de Cargos Técnico 9° 1 Técnico 10° 1 Técnico 11° 1 Técnico 12° 1 Técnico 13° 1 Técnico 14° 1 Técnico 15° 1 Técnico 16° 1 Técnico 17° 1 Técnico 18° 1 Técnico 19° 1 Técnico 20° 1 Técnico 21° 1 Técnico 22° 1 Técnico 23° 1 2. Incorpórense en su artículo 3, a continuación de los requisitos de la Planta de Profesionales, los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a los cargos de la Planta de Técnicos de la Dirección de Presupuestos: Grados 9° y 10°, alternativamente: Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, seis años; o Haber estado desempeñando en la Dirección de Presupuestos, al 31 de diciembre de 2016, un empleo a contrata asimilado a la Planta de Técnicos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, y acreditar experiencia laboral en dicha institución de, a lo menos, siete años. Grados 11° y 12°, alternativamente: Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, cinco años; o Haber estado desempeñando en la Dirección de Presupuestos, al 31 de diciembre de 2016, un empleo a contrata asimilado a la Planta de Técnicos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, y acreditar experiencia laboral en dicha institución de, a lo menos, siete años. Grado 13°, alternativamente: a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, cuatro años; o b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de, a lo menos, ocho años. Grado 14°, alternativamente: a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, dos años; o b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de, a lo menos, seis años. Grado 15°, alternativamente: a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, un año; o b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de, a lo menos, cuatro años. Grado 16°, alternativamente: a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste; o b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de, a lo menos, dos años. Grado 17°, alternativamente: a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste; o b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de, a lo menos, un año. Grados 18° al 23°, alternativamente: a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste; o b) Título Técnico de Nivel Medio.