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Artículo PRIMERO de la Ley 20.972

Perfecciona asignaciones para los funcionarios del sector salud que indica y delega facultades para la fijación de las plantas de personal de los servicios de salud y del fondo nacional de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1096972 · idParte: 9749103

Texto oficial

Artículo primero.- La primera resolución a que se refiere el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 19.264, incorporada mediante el artículo 1 de esta ley, se dictará dentro de los tres meses siguientes a la fecha de publicación de esta ley.