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Artículo 90 de la Ley S/N · Réjimen interior.- lei jeneral sobre la materia

Réjimen interior.- lei jeneral sobre la materia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1097456 / 9756526.

Texto oficial

Art. 91. La ejecucion de lo mandado en el presente código está cometida a los intendentes siendo ellos responsables, no solo de toda falta de observancia en que incurran, sino tambien de las del mismo jénero que cometan sus subalternos i los particulares, siempre que haya habido descuido o tolerancia de parte de dichos intendentes.