Texto oficial
Artículo 1º.- Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Subsecretaría de Derechos Humanos, que se indica a continuación:
A) PLANTA DE DIRECTIVOS
1) Autoridades de Gobierno
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2) Directivos de exclusiva confianza
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3) Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo:
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B) PLANTA DE PROFESIONALES
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C) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
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D) PLANTA DE AUXILIARES
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