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Artículo 38 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Establece estatutos del centro de formación técnica de la región del maule

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1098812 · idParte: 9760134

Texto oficial

Artículo 38º.- El (la) Director(a) Económico(a) y Administrativo(a) será responsable, anualmente, de la elaboración del presupuesto de la institución, para ello deberá requerir al (a la) Director(a) Académico(a) los informes relativos a la propuesta de planes y programas de estudios, y los respectivos planes de desarrollo docente, así como los presupuestos específicos necesarios para el financiamiento de todas las actividades del Centro. El (la) Director(a) Económico(a) y Administrativo(a) deberá verificar que los presupuestos específicos presentados en los informes que reciba, sean concordantes con el Proyecto de Desarrollo Institucional.