Texto oficial
DL Nº 3.346
Artículo 2°.- Al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Art. 2
corresponden las siguientes funciones: D.O.
22.05.1980
Ley Nº 20.885 Art.
Único Nº 3 letra
a) Realizar el estudio crítico de las normas a)
constitucionales y de la legislación civil, penal, D.O. 05.01.2016
comercial, administrativa y de p rocedimiento, a fin de DL Nº 3.346 Art.
proponer al Presidente de la República las reformas que 2 letra a) D.O.
estime pertinentes; 22.05.1980
Ley Nº 20.885 Art.
b) Colaborar, en el ámbito de su competencia, con el Único Nº 3 letra b
Presidente de la República en las materias relativas a la D.O. 05.01.2016
promoción y protección de los derechos humanos. En
ejercicio de esta función, le corresponde rá realizar el Ley Nº 20.885
estudio crítico de la normativa interna a la luz del Art. Único Nº 3
Derecho Internacional de los Derechos Humanos y proponer al letra c)
Presidente de la República las reformas que en tal sentido D.O. 05.01.2016
estime pertinentes;
c) Prestar asesoría técnica al Ministerio de Relaciones Ley Nº 20.885
Exteriores en los procedimientos ante los tribunales y Art.Único Nº 3
órganos internacionales de derechos humanos y, en ejercicio letra c)
de esta función, colaborar con las respuestas o informes D.O. 05.01.2016
que se presenten a nombre del Estado de Chile;
d) Colaborar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Ley Nº 20.885
dentro del ámbito de su competencia, en la elaboración y Art.Único Nº 3
seguimiento de los informes periódicos ante los órganos y letra c)
mecanismos de derechos humanos, en la ejecución de medidas D.O. 05.01.2016
cautelares y provisionales, soluciones amistosas y
sentencias internacionales en que Chile sea parte, y en la
implementación, según corresponda, de las resoluciones y
recomendaciones originadas en el Sistema Interamericano y en
el Sistema Universal de Derechos Humanos, sin perjuicio de
las atribuciones de otros órganos del Estado;
e) Celebrar convenios de colaboración y cooperación con Ley Nº 20.885
organismos públicos y privados, nacionales o Art.Único Nº 3
internacionales, dentro del ámbito de sus competencias; letra c)
D.O. 05.01.2016
f) Asesorar al Presidente de la República en los DL Nº 3.346
nombramientos de jueces, funcionarios del Poder Judicial, y Art. 2
en el ejercicio de la atribución especial de velar por la letra b) D.O.
conducta ministerial de los jueces; 22.05.1980
DL Nº 3.346
planes y programas sectoriales, en especial respecto de la Art. 2
letra c) D.O.
22.05.1980
defensa judicial de los intereses del Estado; del Ley Nº 20.885
tratamiento penitenciario y la rehabilitación del Art.Único Nº 3
condenado; de la organización legal de la familia e letra d)
identificación de las personas; de la tuición que al D.O. 05.01.2016
Estado corresponde en la administración y realización de
los bienes de las personas que caigan en falencia, y de los
sistemas asistenciales aplicables a las niñas, niños y
adolescentes que carezcan de tuición o cuya tuición se
encuentre alterada y a los que presenten desajustes
conductuales o estén en conflicto con la justicia;
h) Controlar el cumplimiento de las políticas, planes y DL Nº 3.346
programas sectoriales y evaluar sus resultados; Art. 2
letra d) D.O.
i) Dictar n ormas e impartir instrucciones a que deben 22.05.1980
sujetarse sus servicios dependientes y fiscalizar su DL Nº 3.346
cumplimiento; Art. 2
letra e) D.O.
j) Atender a l as necesidades de organización y 22.05.1980
funcionamiento de los tribunales de justicia; DL Nº 3.346 Art. 2
letra f) D.O.
22.05.1980
k) Asesorar a los tribunales de justicia materias técnicas, DL Nº 3.346
a través de los organismos de su dependencia; Art. 2
letra g) D.O.
22.05.1980
l) Programar y proponer la adquisición, construcción, DL Nº 3.346
adecuación y habilitación por el Fisco de inmuebles para Art. 2
los tribunales de justicia, el Ministerio y sus servicios letra h) D.O.
dependientes, sin perjuicio de las atribuciones de la 22.05.1980
Corporación Administrativa del Poder Judicial;
Ley Nº 20.885
m) Proponer al Presidente de la República las medidas Art. Único Nº 3
letra e)
D.O. 05.01.2016
necesarias para solucionar las dificultades y dudas que le DL Nº 3.346
sean formuladas en materia de inteligencia y aplicación de Art. 2
las leyes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5° letra i) D.O.
del Código Civil y 102 del Código Orgánico de 22.05.1980
Tribunales;
n) Velar por la prestación de asistencia jurídica gratuita DL Nº 3.346
en conformidad a la ley; Art. 2
letra j) D.O.
22.05.1980
ñ) Proponer medidas para prevenir el delito por medio de Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra f) D.O.
05.01.2016
planes de reinserción social; DL Nº 3.346
Art. 2
o) Crear establecimientos penales y de tratamiento y letra k) D.O.
rehabilitación penitenciarios; 22.05.1980
Ley Nº 20.885
p) Dictar las resoluciones necesarias para el cumplimiento Art.Único Nº 3
de las sentencias ejecutoriadas qu e condenen al Fisco; letra g)
D.O. 05.01.2016
DL Nº 3.346
q) Asesorar al Presidente de la República en lo relativo a Art. 2
amnistía e indultos; letra l) D.O.
22.05.1980
r) Estudiar los antecedentes y proponer, en su caso, la
concesión de los benefic ios previstos en el decreto ley N° DL Nº 3.346
409, de 1932; Art. 2
letra m) D.O.
s) Intervenir en la fiscalización de las asociaciones y 22.05.1980
fundaciones de conformidad a lo establecido en el Título
XXXIII del Libro I del Código Civil , así como ejercer todas DL Nº 3.346
las atribuciones y demás funciones que la ley Nº 20.500, Art. 2
sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión letra n) D.O.
pública, le confieren; 22.05.1980
t) Participar en la legalización o el otorgamiento de Ley Nº 20.587
apostillas, en conformidad a lo establecido en la Art. 4º Nº 1
Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de D.O. 08.06.2012
Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, de los
DL Nº 3.346
torgados o auto rizados por el Poder Judicial, por el Art. 2
letra ñ) D.O.
22.05.1980
Ministerio, por sus servicios dependientes y por los Ley Nº 20.885
organismos que se relacionen con el Gobierno a través del Art. Único Nº 3
Ministerio; letra h)
D.O. 05.01.2016
DL Nº 3.346
Art. 2
u) Otorgar las certificaciones y testimonios instrumentales letra p) D.O.
que organismos internacionales o entidades extranjeras 22.05.1980
soliciten al Supremo Gobierno, en asuntos que puedan afectar
al Fisco; Ley Nº 20.711
Art. 3º
v) Aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus letra a) D.O.
ediciones oficiales; 02.01.2014
w) Pronunciarse sobre los proyectos y ejecución de obras de DL Nº 3.346
Gendarmería de Chile, y sus prioridades, los que se Art. 2
someterán a la aprobación del Presidente de la República. letra q) D.O.
Respecto de estas obras, el Ministerio de Justicia y 22.05.1980
Derechos Humanos tendrá las mismas atribuciones que la ley Ley Nº 20.885
señ ale al Ministerio de Obras Públicas para el resto de las Art. Único Nº 3
letra i) D.O.
05.01.2016
obras de tal naturaleza;
x) Llevar DL Nº 3.346
Art. 2
letra r) D.O.
22.05.1980
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra j) D.O.
05.01.2016
el Registro de Mediadores a que se refiere la ley N° Ley Nº 19.368
Art. 3º
D.O. 26.01.1995
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra k) D.O.
05.01.2016
19.968, que crea los juzgados de familia, y fijar el arancel Ley Nº 19.947
respectivo, y Art. Noveno
D.O. 17.05.2004
y) Desempeñar las restantes funciones y ejercer las demás Ley Nº 19.968
Art. 127
letra a) D.O.
30.08.2004
Ley Nº 20.286
Art. 4º
D.O. 15.09.2008
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra l) D.O.
05.01.2016
atribuciones que le encomiende la ley. Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra m)
D.O. 05.01.2016