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Artículo PRIMERO del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Fija estatutos de la universidad de aysén

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1099865 / 9767574.

Texto oficial

Artículo primero. - El presente decreto con fuerza de ley comenzará a regir a contar del día 1 del mes siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial. La Universidad iniciará sus actividades en el mes de marzo del año 201 . Sin perjuicio de lo anterior, mediante decreto expedido por el Ministerio de Educación previa solicitud fundada del Rector o Rectora, se podrá postergar la fecha de inicio de actividades de la Universidad, la que, en todo caso, deberá fijarse dentro del periodo del segundo semestre del año 2017.