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Artículo OCTAVO del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Fija estatutos de la universidad de aysén

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1099865 / 9767581.

Texto oficial

Artículo octavo. - Mientras no se dicten los reglamentos respectivos, la provisión de los cargos de funcionarios no académicos ni directivos, se efectuará mediante concurso público, cada uno de los cuales deberá considerar a lo menos, los siguientes factores: los estudios y cursos de formación educacional y de capacitación; la experiencia laboral, y las aptitudes específicas para el desempeño de la función. El concurso será preparado y realizado por un comité de selección, conformado por el Rector o Rectora, el Director o Directora de Finanzas y Administración o quien cumpla sus funciones, y por un funcionario de la Universidad tutora designado por aquella.