Saltar al contenido

Artículo 47 del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Fija estatutos de la universidad de o'higgins

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1099890 / 9767645.

Texto oficial

Artículo 47. - Las personas encargadas de la inversión de los fondos asignados al presupuesto de las unidades de la Universidad o Servicios a su cargo, serán responsables personalmente de esta inversión y deberán rendir cuenta al Rector o Rectora o a quién éste designe.