Texto oficial
Artículo 52.- El personal de la Universidad se eximirá de la aplicación del párrafo 3° del Título III del decreto con fuerza de ley N°29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo. En consecuencia, los cometidos funcionarios y comisiones de servicio de sus funcionarios se regirán por un Reglamento interno de la Universidad, el que será dictado y aprobado por los dos tercios de los integrantes del Consejo Superior, previa propuesta del Rector o Rectora.