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Artículo 35 del Decreto 10

Reglamento sobre la comisión ciudadana de vigilancia y control del sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo establecido en la ley n° 20.850

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1101362 / 9784705.

Texto oficial

Artículo 35.- Informe anual. La Comisión deberá emitir un informe anual que contenga los resultados y conclusiones de sus observaciones y la formulación de recomendaciones respecto del Sistema de Protección Financiera que establece la ley. Con todo, dichas recomendaciones no tendrán el carácter de vinculantes para la administración. Dicho informe será remitido a los Ministerios de Salud y de Hacienda y será difundido a través de una publicación en el sitio electrónico del Ministerio de Salud.