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Artículo 2 de la Ley 21.002 · Crea una asignación de fortalecimiento de redes asistenciales para el personal que indica

Crea una asignación de fortalecimiento de redes asistenciales para el personal que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1101437 / 9785459.

Texto oficial

Artículo 2.- La asignación de fortalecimiento de redes asistenciales contendrá un componente fijo y un componente proporcional. La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración. El personal que preste servicios por un lapso inferior a un mes tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.