Texto oficial
Artículo 2.- La asignación de fortalecimiento de redes asistenciales contendrá un componente fijo y un componente proporcional.
La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración.
El personal que preste servicios por un lapso inferior a un mes tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.