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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatutos del centro de formación técnica de la región de tarapacá

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1101596 · idParte: 9787045

Texto oficial

Artículo 10°.- En caso de remoción, muerte, renuncia, ausencia temporal, enfermedad o cualquier otra causa que impida al (a la) Rector(a) el ejercicio de su cargo, éste(a) será subrogado(a) por el (la) Director(a) Académico(a) y, en subsidio, por el (la) Director(a) Económico(a) y Administrativo(a).