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Artículo 30 del Decreto Con Fuerza de Ley 14

Establece estatutos del centro de formación técnica de la región de valparaíso

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 30º.- La estructura académica se organizará en Unidades Académicas, pudiendo considerar Escuelas y Departamentos, entre otras. Las Escuelas son unidades académicas que organizan, administran e imparten los estudios en conformidad al artículo 4º de los presentes estatutos. Los Departamentos son unidades académicas básicas que generan, desarrollan y difunden el conocimiento en una disciplina o más que sean afines. El Directorio aprobará la creación, modificación y supresión de las Unidades Académicas, por mayoría simple de los miembros, previa propuesta del (de la) Rector(a).