Texto oficial
Artículo 30º.- La estructura académica se organizará en Unidades Académicas, pudiendo considerar Escuelas y Departamentos, entre otras.
Las Escuelas son unidades académicas que organizan, administran e imparten los estudios en conformidad al artículo 4º de los presentes estatutos.
Los Departamentos son unidades académicas básicas que generan, desarrollan y difunden el conocimiento en una disciplina o más que sean afines.
El Directorio aprobará la creación, modificación y supresión de las Unidades Académicas, por mayoría simple de los miembros, previa propuesta del (de la) Rector(a).