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Artículo 38 del Decreto Con Fuerza de Ley 17

Establece estatutos del centro de formación técnica de la región de magallanes y la antártica chilena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1102132 / 9790658.

Texto oficial

Artículo 38°.- El(la) Director(a) Económico(a) y Administrativo(a) será responsable, anualmente, de la elaboración del presupuesto de la institución, para ello deberá requerir al (a la) Director(a) Académico(a) los informes relativos a la propuesta de planes y programas de estudios, y los respectivos planes de desarrollo docente, así como los presupuestos específicos necesarios para el financiamiento de todas las actividades del Centro. El (la) Director(a) Económico(a) y Administrativo(a) deberá verificar que los presupuestos específicos presentados en los informes que reciba, sean concordantes con el Proyecto de Desarrollo Institucional.