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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 22

Establece estatutos del centro de formación técnica de la región de arica y parinacota

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1102137 / 9792980.

Texto oficial

Artículo 35°.- El Proyecto de Desarrollo Institucional deberá ser presentado por el (la) Rector(a) al Directorio para su aprobación final, de conformidad con el procedimiento establecido en el reglamento pertinente. Su implementación será responsabilidad del (de la) Rector(a), especialmente asesorado para estos efectos por los (las) Directivos(as). Dicho reglamento deberá ser dictado por el (la) Rector(a), previo acuerdo adoptado por la mayoría simple del Directorio.