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Artículo ÚNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Determina para la dirección del trabajo, los cargos que tendrán la calidad de altos directivos públicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1103279 / 9799877.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de la Dirección del Trabajo: Grado Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Director 1° 1 Segundo Nivel Jerárquico Subdirector 2° 1 Jefe División 3° 5 Director Regional 5° 1 Directores Regionales 6° 2 Directores Regionales 7° 6 Directores Regionales 8° 6