Texto oficial
Art. 31º.- Condecoración "Cruz de la Victoria".
A. Otorgamiento.
Esta condecoración será otorgada por el Comandante en
Jefe Institucional a los "Generales de Brigada",
"Contraalmirantes" o "Generales de Brigada Aérea", al
ascender a "General de División", "Vicealmirante" o
"General de Aviación".
El diploma respectivo se atendrá al formato
establecido en el Anexo Nº 23.
B. Entrega.
La entrega de esta presea se llevará a efecto durante
la respectiva ceremonia de investidura en su nuevo grado.
C. Descripción.
Será una presea de cuello, a base de una Cruz de Malta
en plata fina de 60 mm. de diámetro esmaltado en color
institucional, con un filete de plata en las orillas de 2
mm., en su centro va un círculo de 28 mm. con un filete de
plata de 2 mm. y el círculo esmaltado en color
institucional de 23 mm, y sobre éste una estrella de plata
fina de 12 mm. de diámetro.
El resto de las características de esta condecoración
corresponde a las indicadas para la "Gran Cruz de la
Victoria".
D. Miniatura.
Será una Cruz de Malta de 11 mm. de diámetro, con una
barra pasador de 17 mm. de ancho por 7 mm. de alto, que en
su parte superior lleva una guirnalda de laureles de 9 mm.
de alto por 7,5 mm. de ancho, todo en plata fina, y de la
cual pende una cinta de raso de color institucional de 14
mm. de ancho aproximado.
E. Distintivo.
Será de 40 mm. de largo por 10 mm. de alto, forrado en
cinta de color institucional con una Cruz de Malta en plata
fina en el centro de 11 mm. de diámetro.
Detalle de la Condecoración conforme a Figura Nº 20.