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Artículo 81 del Decreto 461

Aprueba el "reglamento para la creación, otorgamiento y uso de condecoraciones, medallas y distintivos en las fuerzas armadas y la defensa nacional"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1103363 / 9800692.

Texto oficial

Art. 81º.- Medalla "Dirección de Educación de la Armada". A. Otorgamiento. Esta Medalla será otorgada a los alumnos cuyo rendimiento académico, medido a través de la nota media general, los haga acreedores del primer lugar en los respectivos cursos. Esta Medalla se entregará en dos categorías (Oficiales y Gente de Mar) y tendrá las siguientes clases: 1. Primera Clase: a. Oficiales. Será entregada al alumno que obtenga el primer lugar en cursos de especialidad de Estado Mayor o Postgrado impartido por la Institución en jornada completa y compuesto por Oficiales alumnos. b. Gente de Mar. Será entregada al alumno que obtenga el primer lugar en curso de Especialidad Técnica. Esta medalla también podrá ser entregada en reciprocidad a alumnos extranjeros que hayan obtenido el primer lugar en Escuelas o Academias similares en sus propios países. 2. Segunda Clase: a. Oficiales. Será entregada al alumno que obtenga el primer lugar en curso de Especialidad. b. Gente de mar. Será entregada al alumno que obtenga el primer lugar en curso de Especialidad Básica. 3. Tercera Clase: a. Oficiales. Será entregada a los alumnos que obtengan el primer lugar de egreso en los cursos respectivos impartidos por la Escuela Naval "Arturo Prat". b. Gente de Mar. Será entregada a los alumnos que obtengan el primer lugar de egreso en los cursos impartidos por la respectiva Escuela Matriz de Gente de Mar. El Diploma correspondiente se atendrá al formato del Anexo Nº 90. B. Entrega. La medalla y su respectivo diploma, se otorgarán mediante Resolución dictada por el Director de Educación de la Armada, y se impondrá en la ceremonia final de graduación que cada Academia, Escuela o Centro de Instrucción realice al finalizar el año docente. C. Descripción. La medalla será una presea de pecho, consistente en una cruz de puntas pentagonales de fondo en metal blanco correspondiente a una circunferencia imaginaria de 43 mm. de diámetro, cuyos extremos tienen un borde de 1 mm. de color dorado. Lleva sobrepuesto en su centro, un círculo de 24 mm. de diámetro de similor dorado, dentro del cual se ubica el logo del Escudo de la Dirección de Educación de la Armada – libro abierto con la leyenda "Mens Agitat Molem" - de 9 por 9 mm., también en similor dorado. El interior de este círculo y siguiendo el contorno de su borde exterior, ostenta la leyenda "Dirección de Educación de la Armada". En su reverso, se grabará el nombre del beneficiario y ocasión de fecha de otorgamiento. La cinta de la cual pende la medalla, será de color blanco de 45 mm. de largo total y 40 mm. de ancho, la que tiene 1, 2 o 3 franjas rojas (dependiendo de la Clase), de 2 mm. de ancho en forma vertical, con una separación de 2 mm. entre ellas. En el centro tiene el logo del Escudo de la Dirección de Educación de la Armada, confeccionado en similor dorado de 9 mm. de ancho por 9 mm. de alto. Su parte superior termina en broche constituido por dos barras de similor dorado, en forma de pasador. En el reverso, lleva un alfiler de gancho para prender la medalla. En su parte inferior, tiene un eslabón dorado de 15 mm. de diámetro y 10 mm. de alto, ensamblado a un pasador de 5 mm. de largo por 3 mm. de ancho, por el cual se une la medalla. D. Distintivo. Será una barra forrada en seda de 10 mm. de alto por 40 mm. de ancho, de color y diseño igual a la cinta de la medalla respectiva. En el centro está representado el logo del Escudo de la Dirección de Educación de la Armada, hecho en similor dorado, de 9 mm. de ancho por 9 mm. de alto. Detalle de la medalla conforme a Figura Nº 92.