Texto oficial
Artículo 13º.- Lo dispuesto en el nuevo inciso
segundo del artículo 73 bis, se aplicará a partir del 1º
de junio de 2005.
Reglamento de los servicios nacionales de transporte publico de pasajeros
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 11043 / 8565383.