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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 154

Declara en reorganizacion la direccion general de credito prendario y de martillo y suprime en la planta de empleados los cargos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1104461 / 9815723.

Texto oficial

Artículo 7.o El personal en actual servicio, cuyos cargos no han sido suprimidos en el presente decreto con fuerza de ley, será encasillado por el Presidente de la República sin sujeción a las reglas generales sobre provisión de cargos. Los cargos que no sean proveídos con personal en actual servicio, podrán ser llenados por el Presidente de la República sin sujeción a las normas generales sobre provisión de cargos, pero dándose cumplimiento a lo prescrito en el artículo 11 del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 1953. Para ser designado Contador de la Planta Técnica será necesario estar inscrito en el Colegio respectivo.