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Artículo PRIMERO de Resolución 396 EXENTA

Establece normas para la elaboración del informe técnico a que se refiere el artículo 33 bis de la ley de servicios de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1105835 / 9820154.

Texto oficial

Artículo primero. Establézcanse las siguientes normas para la dictación del Informe Técnico al que se refiere el artículo 33 bis de la Ley de Servicios de Gas.