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Artículo 10 de Resolución 445 EXENTA

Establece normas para el proceso de tarificación del servicio de gas y servicios afines a que se refiere el artículo 38 y siguientes de la ley de servicios de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1106766 · idParte: 9826348

Texto oficial

Artículo 10. La Comisión deberá convocar, por el plazo de un mes, a la inscripción en el Registro de Participación Ciudadana aludido en el artículo 40-K de la Ley. Dicha inscripción se abrirá dentro del plazo máximo de veinte días contados desde la comunicación de la resolución de la Comisión que fije el exceso de la rentabilidad económica máxima de una Empresa Concesionaria, o, a lo menos, diecinueve meses antes del término del período de vigencia de las tarifas del servicio de gas y Servicios Afines sujetos a fijación de precios de una empresa de distribución. La constitución del registro, con los participantes incorporados al mismo, se aprobarán mediante resolución de la Comisión, la que se notificará a los participantes inscritos y se publicará en la página web institucional. Las personas inscritas que se individualicen en la resolución aludida en el inciso precedente, tendrán derecho a realizar observaciones a las BTA y al Estudio de Costos, así como presentar discrepancias ante el Panel de Expertos, cuando corresponda.