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Artículo 18 de Resolución 445 EXENTA

Establece normas para el proceso de tarificación del servicio de gas y servicios afines a que se refiere el artículo 38 y siguientes de la ley de servicios de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1106766 / 9826358.

Texto oficial

Artículo 18. El Estudio de Costos será licitado en conformidad a la normativa de compras públicas y adjudicado en conformidad a las bases técnicas y administrativas definitivas, aludidas en el artículo 40-M de la Ley. La supervisión de la ejecución del Estudio de Costos será realizada por el Comité, integrado por un representante de la Empresa Concesionaria, uno del Ministerio y uno de la Comisión, quien, además, lo presidirá. El llamado a licitación, la adjudicación y firma del contrato la realizará el Comité a través de la Comisión. El Estudio de Costos será financiado íntegramente por la Comisión. Las funciones de los representantes del Comité serán ad-honorem.