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Artículo 213 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1108229 / 9836550.

Texto oficial

Art. 204. Artículo 213.- Toda comunicación oficial y todo Ley N°20.960, art. envío de materiales, cualquiera sea su naturaleza, entre el 2, N°5, D.O. Servicio Electoral y las juntas electorales en el 18.10.2016 extranjero, se realizará a través de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores.