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Artículo 4 del Decreto Ley 605

Ministerio de instruccion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1109693 / 9846477.

Texto oficial

Art. 4.o Las pruebas del concurso consistirán: 1) En la presentacion de un número limitado de trabajos orijinales, a saber: a) de la obra que obtuvo la mas alta distincion; b) De otras tres obras elejidas libremente por el artista entre las que hubiere ejecutado en el país; 2) De un certámen especial para cada una de las artes plásticas señaladas en el artículo 2.o Estos certámenes, de acuerdo con el reglamento que indica el artículo 13, se llevarán a cabo en los locales determinados, y comprenderán la ejecucion, dentro de un tiempo máximo, de temas propuestos por el Consejo de Bellas Artes.