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Artículo de Auto Acordado S/N

Deroga artículos 17° y 19° del auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111037 / 9850750.

Texto oficial

En Santiago, a dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, siendo las 17:30 horas, se reunió extraordinariamente el Tribunal Calificador de Elecciones en sesión especialmente convocada al efecto, bajo la presidencia del señor Ministro don Patricio Valdés Aldunate, y con la asistencia de los señores Ministros don Haroldo Brito Cruz, don Jorge Dahm Oyarzún y don Luis Pareto González. Actuó como ministro de fe la Secretaria Relatora Carmen Gloria Valladares Moyano. Conforme a las facultades conferidas por el artículo 95 de la Constitución Política de la República, y artículos 9°, letra f), y 12 de la Ley N° 18.460, Orgánica Constitucional sobre el Tribunal Calificador de Elecciones, que establecen la facultad para reglamentar los procedimientos ante el Tribunal Calificador de Elecciones, y atendida la necesidad de ajustar las normas de procedimiento ante este Tribunal, para hacer más accesible a las personas las diversas herramientas que el ordenamiento constitucional y legal ponen a su disposición, se acordó derogar los artículos "17° Plazo de comparecencia" y "19° Deserción del recurso", previstos en el Título IV, de los Procedimientos Especiales, Capítulo I, de la Apelación, del Auto Acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de abril de 2012. Comuníquese el presente Auto Acordado a los Tribunales Electorales Regionales del país, al Servicio Electoral, a los partidos políticos, al Ministerio del Interior y al Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Regístrese en el Libro de Actas del Tribunal, e insértese copia de este Acuerdo en la página electrónica del mismo. Insértese copia de este Acuerdo en la página electrónica del Tribunal Calificador de Elecciones.