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Artículo 15 del Decreto 31

Establece plan de prevención y descontaminación atmosférica para la región metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111283 / 9854986.

Texto oficial

Artículo 15: Dentro de un plazo de 24 meses, contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto, el Ministerio de Medio Ambiente en conjunto con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, evaluarán implementar métodos de control de emisiones del número de partículas en la vía pública de vehículos diésel, con el objetivo de establecer un control eficaz en detectar vehículos cuyo motor o sistema de control de emisiones se encuentran deteriorados o con falta de mantenimiento. Para este efecto se considerará el desarrollo de instrumentos, protocolos y límites máximos permitidos, usando como referencia la normativa internacional.