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Artículo 108 del Decreto 31

Establece plan de prevención y descontaminación atmosférica para la región metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111283 / 9855086.

Texto oficial

Artículo 108: El Ministerio del Medio Ambiente y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, apoyarán a la I. Municipalidad de Santiago en la promoción de las acciones necesarias para la implementación de la Zona Verde para el Transporte en Santiago (ZVTS), cuya iniciativa se encuentra inscrita como una Acción de Mitigación Nacionalmente Apropiada (NAMA en sus siglas en inglés) en las Naciones Unidas. El Ministerio del Medio Ambiente apoyará al Municipio de Santiago como titular de la iniciativa, en temas de emisiones de gases efecto invernadero (GEI), sistema de medición, reporte y verificación (MRV), facilitación de acceso a oportunidades de fondos disponibles en el marco del financiamiento del clima, así como la promoción a nivel internacional.