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Artículo SEGUNDO del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija planta de personal del servicio de salud atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1111539 · idParte: 9859623

Texto oficial

Artículo segundo. En el primer proceso de encasillamiento se proveerán los cargos que a continuación se indican: Los cargos que se proveerán con ocasión del primer proceso de encasillamiento, entrarán en vigencia a contar del día 29 de noviembre 2016, sin perjuicio de lo dispuesto en las normas especiales contenidas en los artículos quinto, sexto y séptimo transitorios de este decreto con fuerza de ley.