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Artículo PRIMERO transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Fija planta de personal del servicio de salud viña del mar - quillota

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111542 / 9857190.

Texto oficial

Artículo primero. La planta de personal fijada de acuerdo al artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley se proveerá mediante dos procesos de encasillamiento, que se regirán conforme a los artículos siguientes.