Texto oficial
Artículo quinto. El proceso de encasillamiento en la Planta de Directivos se efectuará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo undécimo transitorio de la ley N°20.972.
Los encasillamientos que se originen por aplicación de este artículo, entrarán en vigencia a contar del 29 de noviembre de 2016 o a partir de la fecha del nombramiento del directivo, si ésta fuere posterior a aquélla.