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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 20

Fija planta de personal del servicio de salud osorno

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1111554 · idParte: 9860562

Texto oficial

Artículo 3º. Sin perjuicio de lo previsto en los artículos anteriores, la planta de cargos afectos a la ley Nº15.076 y la planta profesional de horas de la ley N°19.664, ambas pertenecientes a la planta de profesionales funcionarios, continuarán rigiéndose por lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N°18, de 1995 del Ministerio de Salud y sus modificaciones.