Texto oficial
Artículo primero. La planta de personal fijada de acuerdo al artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley se proveerá mediante dos procesos de encasillamiento, que se regirán conforme a los artículos siguientes.
Fija planta de personal del servicio de salud chiloé
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111556 / 9859936.