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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Fija planta de personal del servicio de salud metropolitano sur

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111561 / 9859702.

Texto oficial

Artículo 3º. Sin perjuicio de lo previsto en los artículos anteriores, la planta de cargos afectos a la ley Nº15.076 y la planta profesional de horas de la ley N°19.664, ambas pertenecientes a la planta de profesionales funcionarios, continuarán rigiéndose por lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N°24, de 1995 del Ministerio de Salud y sus modificaciones.