Texto oficial
Artículo 2°.- Déjase establecido que junto con implementar una política nacional en materia de trasplante de órganos, serán funciones de la Coordinación Nacional de Procuramiento y Trasplante de Órganos y Tejidos las siguientes:
a) Proponer a la Subsecretaría de Redes Asistenciales principios, objetivos, lineamientos o cualquier otro elemento necesario para la definición de una política nacional en materia de trasplante de órganos en el marco de las normas, objetivos y principios establecidos en esta ley Nº 19.451.
b) Coordinar operativamente el trabajo de la Comisión Nacional de Trasplante de Órganos e implementar los acuerdos que adopte.
c) Implementar una red nacional de procuramiento.
d) Diseñar mecanismos para la debida coordinación de actividades de donación, extracción, preservación, distribución, intercambio y trasplante de órganos y tejidos a lo largo del país; y ejecutar tales mecanismos una vez aprobados.
e) Evaluar, proponer y mantener actualizadas orientaciones técnicas en materia de procuramiento y trasplante de órganos y tejidos.
f) Supervisar los procesos asistenciales en las orientaciones técnicas que estén aprobadas en materia de procuramiento y trasplante de órganos y tejidos.
g) Definir mecanismos que velen por la calidad y resguardo de la información relativa a donantes y receptores en todo el proceso de trasplante de órganos.
h) Gestionar y sistematizar en forma permanente información respecto a la donación y trasplante, así como de las unidades de procuramiento y trasplante a nivel local, manteniendo actualizadas los listados de contacto y establecimientos que componen la red de trasplante.
i) Desarrollar un trabajo colaborativo con otras unidades, departamentos o divisiones del Ministerio de Salud para la evaluación de los requisitos necesarios para la acreditación de establecimientos de salud o para el otorgamiento de autorizaciones sanitarias especiales que tengan relación con el procuramiento y trasplante de órganos y tejidos.
j) Actuar como referente técnico en los ámbitos de gestión de recursos tales como sistemas de información, servicios de traslado u otro en directa relación con el desarrollo del procuramiento y trasplante de órganos y tejidos.
k) Revisar y gestionar la formalización de un sistema informático relacionado al procuramiento y trasplante de órgano, actualmente denominado "SIDOT".
l) Realizar o coordinar actividades de capacitación para los profesionales que trabajen en la red nacional de procuramiento.
m) Actuar como referente en los compromisos, metas u estrategias específicas que establezca la Subsecretaría de Redes Asistenciales en materia de procuramiento y trasplante de órganos.
n) Asesorar a el o la Subsecretaria de Redes Asistenciales en la formulación del presupuesto de la institución en lo atingente a la Coordinación Nacional de Procuramiento y Trasplante de Órganos y Tejidos.
o) Participar en comisiones o subcomisiones que la autoridad le requiera.