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Artículo 55 de la Ley 21.050

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1112118 / 9863669.

Texto oficial

Artículo 55.- A contar del 1 de enero de 2018, modifícase la ley N° 20.924 en el sentido que a continuación se indica: 1) Introdúcense en el artículo 1 las siguientes modificaciones: a) Reemplázase en su inciso primero las siguientes expresiones: i. "los años 2016 y 2017" por "el año 2018". ii. "1° de enero de 2016" por "1° de enero de 2017". iii. "$700.000.- (setecientos mil pesos)", las dos veces que aparece por "$740.460". iv. "$810.000.- (ochocientos diez mil pesos)" por "$856.818". b) Intercálase en su inciso segundo, a continuación de la frase "corporaciones privadas sin fines de lucro creadas por éstas", la siguiente: "o en los servicios locales de educación pública". 2) Reemplázanse en el artículo 2 las siguientes expresiones: a) "$200.000.- (doscientos mil pesos)" por "$211.560"; b) "subsiguiente a la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial y en igual mes del año siguiente" por "de agosto de 2018". 3) Incorpórase en el artículo 3, al inicio de su inciso único la frase siguiente: "Durante el año 2018,".