Texto oficial
Art. 3.° La carta que no se colocare en la estafeta franca de porte pagará doblado el que se fija en el artículo primero.
Porte de las cartas i de los impresos por el correo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1112280 / 9867833.