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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 21.054

Modifica la ley n° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con el objeto de eliminar la distinción entre empleados y obreros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1112814 / 9868359.

Texto oficial

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto vigente del Instituto de Seguridad Laboral y, en lo que faltare, con cargo a los recursos de la partida presupuestaria Tesoro Público. En los años posteriores el gasto se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en las respectivas leyes de Presupuestos del Sector Público.".