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Artículo 25 de la Ley 21.063

Crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades que indica, y modifica el código del trabajo para estos efectos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1113014 / 9870336.

Texto oficial

Artículo 25.- Destino del Fondo. Los recursos del Fondo se destinarán a financiar: a) El pago de los subsidios a que da lugar el Seguro. b) El pago de las cotizaciones previsionales y de salud que procedan durante el uso del Seguro. c) El pago de los gastos de administración, gestión, fiscalización y todo otro gasto en que incurran las instituciones y entidades que participan en la gestión del Seguro.