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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 34

Fija planta de personal de la dirección de educación pública y regula otras materias a que se refiere el artículo trigésimo sexto transitorio de la ley n° 21.040

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1113854 / 9875902.

Texto oficial

Artículo 1°.- Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Dirección de Educación Pública: A) PLANTA DE DIRECTIVOS 1. Jefe Superior de Servicio, Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la ley 19.882. . 2. Directivos de Exclusiva Confianza. . 3. Directivos afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. . B) PLANTA DE PROFESIONALES . C) PLANTA DE TÉCNICOS . D) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS . E) PLANTA DE AUXILIARES .