Texto oficial
Artículo 1°.- Créase la "Defensoría de los Derechos de la Niñez", en adelante también la "Defensoría", como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Tendrá su domicilio en la Región Metropolitana, y procurará su presencia estableciendo su representación en todas las regiones del país.