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Artículo ÚNICO de la Ley 21.071 · Concede la nacionalidad por gracia al deportista yasmani acosta fernández

Concede la nacionalidad por gracia al deportista yasmani acosta fernández

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1114674 / 9882199.

Texto oficial

" Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano cubano señor Yasmani Acosta Fernández.".