Texto oficial
Artículo 3°.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación del artículo 2º de esta ley se financiará con cargo a la Asignación 104, "Provisión para Financiamientos Comprometidos", del Programa 03, "Operaciones Complementarias", de la Partida Tesoro Público, de la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente para el año 2018.".