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Artículo 3 de la Ley 21.072

Elimina el aporte fiscal indirecto para las instituciones de educación superior, estableciendo una regulación transitoria para los años 2017 y 2018

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1114963 / 9885580.

Texto oficial

Artículo 3°.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación del artículo 2º de esta ley se financiará con cargo a la Asignación 104, "Provisión para Financiamientos Comprometidos", del Programa 03, "Operaciones Complementarias", de la Partida Tesoro Público, de la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente para el año 2018.".