Texto oficial
Artículo 5°.- Fijánse las siguientes plantas de personal del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, que se indican a continuación:
A) PLANTA DE DIRECTIVOS
1) Directivos Afectos al Sistema de Alta Dirección Pública
a) Primer Nivel Jerárquico Título VI Ley N° 19.882
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b) Segundo Nivel Jerárquico Título VI ley N° 19.882
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c) Directivos afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo
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d) Directivos de Carrera
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B) PLANTA DE PROFESIONALES
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C) PLANTA DE TÉCNICOS
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D) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
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E) PLANTA DE AUXILIARES
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Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, los cargos de las plantas de personal establecidos precedentemente, estarán afectos a lo señalado en el artículo 15° y en las disposiciones transitorias de este decreto con fuerza de ley.