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Artículo 5 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1115865 / 9908352.

Texto oficial

Art. 5.° El nuevo departamento de Chillan elejirá tres diputados i uno cada uno de los departamentos de Búlnes i Yungai.